Así también, no estoy seguro pero creo que hay ya varios posts de este tema, pero me parece que esta bueno hacer lo que hice en este, que fue juntar mucho de lo que se encuentra en Internet sobre el tema (sólo que cualquier persona que se maneja a diario consideraría como “fiable”, no toda la basura que hay dando vueltas) y lo puse todo en un post para aquellos que como yo estén interesados en el tema.
En todos los casos, espero no haberme olvidado de ninguno, cito la fuente debajo de cada artículo, primero para respetar a los que se tomaron el laburo de elaborarlo por ellos mismo, y segundo para que tengan la fuente de cada cosa por si quieren entrar!
Espero que les sirva!
CRIMEN SOLICITATIONIS
(la verdad que me entere de este tema por un tema de SKA-P con el mismo nombre, y de ahí investiguè un poco, esto es lo que pude conseguir)
(de es.wikipedia.org/wiki/Crimen_Sollicitationis y http://torreviejadigital.blogia.com/2008/032501-los-abusos-sexuales-y-el-vaticano-crimen-sollicitationis.php)
Según lo que se define en Wikipedia, la expresión en latín crimina sollicitationis se refiere a los acercamientos sexuales cometidos por sacerdotes antes, durante o inmediatamente después de la administración (siquiera simulada) del Sacramento de la Penitencia.
Crimen sollicitationis (en latín "delito de solicitación" es una carta remitida en 1962 por el Cardenal Alfredo Ottaviani, Secretario de la Sagrada Congregación del Santo Oficio (actualmente "Congregación para la Doctrina de la Fe" ), a "todos los Arzobispos, Obispos y otros Ordinarios locales, incluyendo aquellos de las iglesias católicas orientales".
En el documento, la Congregación del Santo Oficio fijaba los procedimientos que se debían seguir para afrontar casos de clérigos (sacerdotes u obispos) de la Santa Iglesia Católica Apostólica y Romana acusados de hacer uso del Sacramento de la Penitencia para llevar a cabo acercamientos de índole sexual con los fieles, así como los correspondientes castigos por estos actos; las normas que establecía eran más concretas que aquellas incluidas en Código de Derecho Canónico. Además, dio instrucciones de que se siguiesen los mismos procedimientos en caso de denuncias de comportamientos homosexuales, pedófilos o zoófilos por parte del clero.
Crimen sollicitationis confirmó el precepto de excomulgar a cualquier católico que, pasado un mes a partir de los hechos, no denunciase a un sacerdote que hubiese aprovechado la Confesión para realizar acercamientos sexuales. Así, el fiel sólo podría ser absuelto después de denunciar al sacerdote o mostrar propósito firme de hacerlo.
En los años sesenta, Joseph Ratzinger elabora un documento que es remitido a todos los obispos, donde explica el procedimiento para actuar en los casos de abusos sexuales del personal eclesiástico (incluyendo la pederastia). En él se establece que quien ha sufrido el abuso no puede hablar del caso, al estar bajo secreto de confesión.
En 2001, Ratzinger reformula el documento ; pero la única variación es que ahora es el Vaticano quien debe conocer y decidir sobre el caso. En esa época se habían denunciado numerosos de casos de pederastia en EEUU e Irlanda. Se confirmó que los obispos habían protegido a pederastas, y que los casos eran generales. El procedimiento era enviar al sacerdote pederasta a otro lugar, y obligar al silencio al abusado con la excusa del secreto de confesión, y, en último caso, presionar y perseguir a quienes intentaran denunciarlo. Si se les pillaba, los obispos decían que el cura fue trasladado porque pensaban que ya estaba curado. El resultado es la perpetuación de los casos con curas que abusaron de más de cien niños distintos
En EEUU se creó una comisión interna para enfrentarse a los casos. El responsable fue obligado a dimitir al año, después de declarar en los Angeles Times que la iglesia se había comportado como la mafia, por proteger a los suyos y silenciar los crímenes con amenazas y presiones sobre sus víctimas y denunciantes.
Un fiscal narra como la iglesia le puso trabas continuas durante la investigación. Explica que el procedimiento habitual de los obispos es remitir todas las pruebas condenatorias al nuncio del país (embajador del Vaticano, con inmunidad diplomática y no investigable), y de esta forma hacen desaparecer los datos importantes.
Este fiscal consiguió pruebas que condenaron a ocho sacerdotes y logró una declaración por escrito de un obispo, que confirmaba que tenían ordenes de proteger a la Iglesia y esconder las pruebas, lo cual significó que los pederastas siguieron abusando de niños.
Hoy en día se ha perdido la pista a algunos sacerdotes que huyeron al Vaticano para no ser juzgados en América, y fueron acogidos hasta que era inevitable la extradición.
Las diócesis condenadas han debido pagar sumas enormes de dinero en compensación, lo que ha hecho bajar las donaciones a la Iglesia Católica en América.
Las donaciones a la Iglesia, sirven para sufragar, aparte de viajes en primera clase y los fastos de la jerarquía católica, también para pagar las costas de los juicios contra los sacerdotes acusados por pederastia, los de los curas violadores de monjas , los de los curas genocidas, y para mantener misiones asistenciales en África, Asia, Latinoamerica, donde se predica que no hay que usar el condón, que hay que tener todos los hijos que Dios quiera enviar, y la sumisión y el silencio ante los abusos, bajo amenaza de excomunión.
CONTENIDO DE LA CARTA CRIMEN SOLLICITATIONIS
El Código de Derecho Canónico en vigor cuando se publicó Crimen sollicitationis obligaba a quien hubiese sido objeto de proposiciones por parte de un sacerdote a denunciar a éste antes de un mes, imponiendo al sacerdote serios castigos:
Canon 904. De acuerdo con las constituciones apostólicas, en particular la constitución Sacramentum Poenitentiae de Benedicto XIV del 1 de junio de 1741, un penitente debe denunciar en el plazo de un mes ante el Ordinario local o la Sagrada Congregación del Santo Oficio a un sacerdote culpable del delito de solicitación durante la confesión; y el confesor debe, bajo obligación grave de conciencia, hacer presente de tal deber al penitente.
Canon 2368. Aquel que cometiere el delito de solicitación tratado en el canon 904 será suspendido de celebrar Misa y escuchar confesión sacramental y, si la gravedad del delito lo exige, será inhabilitado para recibir las mismas; se le privará de todos los beneficios y dignidades, voz activa y pasiva, y se le declarará inhábil para todo ello, y en los casos más serios será sujeto a degradación (al estado laico).
Crimen sollicitationis indicaba el procedimiento a seguir entre el momento de la denuncia y la administración del castigo.
La cata se divide en las siguientes secciones:
• Prolegómenos (secciones 1-14)
• Título primero: Primer indicio del delito (15-28)
• Título segundo: El proceso (29-60)
o Capítulo I: Investigación (29-41)
o Capítulo II: Regulaciones canónicas e información de sus derechos al acusado (42-46)
o Capítulo III: Comparecencia del acusado (47-54)
o Capítulo IV: Trascurso del proceso, veredicto y apelación (55-60)
• Título tercero: Castigos (61-65)
• Título cuarto: Comunicación oficial (66-70)
• Título quinto: El delito más perverso (71-74)
• Aprobación del Papa Juan XXIII el 16 de marzo de 1962
• Apéndices: incluyen las fórmulas de juramento, abjuración de faltas, absolución, delegación para recibir una denuncia en general y en el caso específico de la solicitación, procedimientos para examinar a acusados, testigos, etc.
Aca una especie de traducción o algo así de lo que la Carta de Joseph Ratzinger, el actual Papa, al modificar el Crimen Sollicitationis:
“CARTA DE LA CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE ENVIADA A LOS OBISPOS DE TODA LA IGLESIA CATÓLICA Y OTROS ORDINARIOS Y SUPERIORES INTERESADOS:
DE LOS DELITOS MÁS GRAVES RESERVADOS A LA MISMA CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE
Para el cumplimiento de la ley eclesiástica, que en el artículo 52 de la Constitución Apostólica de la Curia Romana enuncia: «los delitos contra la fe, así como los delitos más graves cometidos tanto contra las costumbres como en la celebración de los sacramentos, que le fueran comunicados, los conoce [la Congregación para la Doctrina de la Fe], y procede, cuando sea necesario, a declarar o irrogar sanciones canónicas, según la norma del derecho, tanto común como propio» era necesario ante todo definir el modo de proceder en los delitos contra la fe: lo cual fue realizado mediante las normas, que se titulan Ratio de actuar en el examen de doctrinas, promulgadas y confirmadas, e igualmente aprobadas en forma específica en los artículos 28-29.
Casi al mismo tiempo la Congregación para la Doctrina de la Fe daba obra, mediante una Comisión constituida a este efecto a un diligente estudio de los cánones de los delitos, tanto en el Código de derecho canónico, como en el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, para determinar «los delitos más graves tanto contra las costumbres como contra la celebración de los sacramentos» para adecuar también normas procesales especiales «para declarar o irrogar sanciones canónicas», porque la Instrucción Crimen sollicitationis hasta ahora en vigor, promulgada por la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio el día 16 de marzo del año 1962 , debía ser reconocida por los nuevos Códigos canónicos.
Examinados atentamente los votos particulares y hechas las oportunas consultas, el trabajo de la Comisión llegó a su fin; los Padres de la Congregación de la Doctrina de la Fe lo examinaron gravemente, sometiendo al Sumo Pontífice las conclusiones acerca de la determinación de los delitos más graves y el modo de proceder para declarar o irrogar sanciones, permaneciendo firme la competencia exclusiva del Tribunal Apostólico de la misma Congregación. Aprobado todo ello por el Sumo Pontífice, se confirman y aprueban por Letras Apostólicas dadas Motu Proprio, cuyo inicio se toma de las palabras Sacramentorum sanctitatis tutela.
Los delitos más graves tanto en la celebración de los sacramentos como contra las costumbres, reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, son:
- Delitos contra la santidad del augustísimo Sacrificio y sacramento de la Eucaristía, es decir:
1º Llevar o retener con fines sacrílegos, o arrojar las especies consagradas
2º Atentado de la acción de la liturgia del Sacrificio eucarístico o su simulación
3º Concelebración prohibida del Sacrificio eucarístico simultáneamente con ministros de comunidades eclesiales, que no tienen sucesión apostólica ni reconocen la dignidad sacramental de la ordenación sacerdotal
4º Consagración con fin sacrílego de una materia sin la otra en la celebración eucarística, o también de cualquiera de las dos, fuera de la celebración eucarística
- Delitos contra la santidad del sacramento de la Penitencia, es decir:
1º Absolución del cómplice en pecado contra el sexto precepto del decálogo;
2º Solicitación en el acto, o con ocasión, o con el pretexto de la confesión, a un pecado contra el sexto precepto del Decálogo, si se dirige a pecar con el propio confesor
3º Violación directa del sigilo sacramental
- Delitos contra las costumbres, es decir: delitos contra el sexto precepto del Decálogo con un menor de dieciocho años cometido por un clérigo.
Se reservan al Tribunal Apostólico de la Congregación para la Doctrina de la Fe sólo estos delitos, que se indican arriba con su definición.
Cada vez que un Ordinario o Superior tenga noticia al menos verosímil de un delito reservado, una vez realizada una investigación previa, comuníquelo a la Congregación para la Doctrina de la Fe, la cual, a no ser que por las peculiares circunstancias de la causa avoque a sí, ordena al Ordinario o Superior a proceder mediante el propio Tribunal emanando normas oportunas; el derecho de apelar válidamente contra la sentencia de primer grado, sea por parte del reo o de su Patrono, sea por parte del Promotor de Justicia, permanece únicamente y sólo ante el Supremo Tribunal de la misma Congregación.
Debe recordarse que la acción criminal de los delitos reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, se extinguen por prescripción a los diez años. La prescripción corre según las normas del derecho universal y común; en el delito cometido por un clérigo con un menor la prescripción comienza a correr desde el día en que el menor cumple dieciocho años.
En los Tribunales constituidos ante los Ordinarios o Superiores, solamente sacerdotes pueden cumplir válidamente para estas causas el oficio de Juez, de Promotor de justicia, de Notario y de Patrono. Terminada la instancia de cualquier modo en el Tribunal, todas las actas de la causa se deben transmitir de oficio cuanto antes a la Congregación para la Doctrina de la Fe.
Todos los Tribunales de la Iglesia Latina y de las Iglesias Orientales Católicas están obligados a observar los cánones de los delitos y de las penas tanto en lo que se refiere al proceso penal de sus respectivos Códigos, como las normas especiales emanadas para cada caso singular por la Congregación para la Doctrina de la Fe.
Todas estas causas están sometidas al secreto pontificio.
Mediante esta Carta, enviada por mandato del Sumo Pontífice a todos los Obispos de la Iglesia Católica, a los Superiores Generales de los institutos religiosos clericales de derecho pontificio, y de las sociedades de vida apostólica clericales de derecho pontificio y a otros Ordinarios y superiores con interés, se tiene el deseo no sólo de evitar en absoluto los delitos más graves, sino principalmente que se tenga una solícita cura pastoral por parte de los Ordinarios y Superiores, procurando la santidad de los clérigos y fieles también mediante las necesarias sanciones.
En Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el día 18 de mayo de 2001.
JOSEPH Card. RATZINGER
Prefecto
Tarsicio BERTONE, S.D.B.
arz. em. Vercelli
a Secretis”
(de http://www.iuscanonicum.org/articulos/art006.html)
De esta pagina se pueden obtener varias aclaraciones e informaciones de las legislaciones o documentos que la Iglesia maneja y emite en relación al trato con delitos o con abusos. Si tienen un tiempo entren e infórmense:
http://www.iuscanonicum.org/
Y algo más difícil de usar todavía, pero que puede servir. Se que es muy reducido, diría casi nulo el numero de personas que manejan el latín (yo no me incluyo, ni siquiera se inglés jaja) pero es de utilidad para presentaciones que tengan que hacerse ante autoridades o representantes de la Iglesia Católica. Para eso, y para quien le sirva, aca va un link del Documento en Latín:
http://www.cbsnews.com/htdocs/pdf/crimenlatinfull.pdf/
DOCUMENTAL BBC:
Y aca va lo que, yo creo, debe tener toda investigación seria, que es el respaldo de una cadena que, a pesar de lo que cada uno pueda decir, posee un reconocimiento mundial, como lo es la BBC. Este documental, en muchos aspectos, resultó crucial e importantísimo para dar a conocer el tema y para poner de manifiesto la seriedad del mismo. Puede aceptarse o refutarse, creérsele o desvalorarlo, pero resulta muy importante de ver al tratar con este tema. Aca va dicho documental:
link: http://video.google.com/videoplay?docid=1884667351333267692&ei=GCU8ScWUHYigqgKJ45Fv&q=Documental+BBC+Crimen+Solicitationis
Bueno, a partir de lo hasta acá expuesto, cada uno puede darle o no crédito a lo que se sostiene. Sin embargo, me parece que, por mas adeptos o no que sea una persona a cualquier religión, existen casos o situaciones que no pueden ser pasadas por alto. Esto va desde casos particulares de curas o clérigos, hasta investigaciones que se realizan sobre abusos sexuales. Dichos asuntos, en muchos casos, son noticias de numerosos sitios y medios de comunicación. Para que cada uno pueda darle o no la credibilidad que crea necesario, debajo de cada una de las noticias que crei mas importantes poner en este post, esta el link de donde fueron sacadas para que confirmen. Hay datos que resultan muy importantes, y por eso me parece que sirven mucho para aportar en esta temática:
EL PARLAMENTO EUROPEO PIDIÓ AL VATICANO QUE DEJE QUE LOS TRIBUNALES JUZGUEN A LOS CURAS VIOLADORES DE MONJAS
La Ley es clara: cualquiera que obstruya la acción de la Justicia para que los delitos no sean investigados, ni los culpables procesados y juzgados, de modo que queden impunes, es cómplice y encubridor. La jerarquía católica se ha mostrado más interesada en negar, encubrir y proteger a los abusadores que en defender, consolar y hacer justicia a las víctimas.
Me gustaría que la jerarquía vaticana, y sus aberrantes decisiones que desprecian la justicia y la equidad, no diera pie al desprecio que produce, aunque sólo fuera por respeto a todos los cristianos de base, monjas y sacerdotes que son un ejemplo de entrega y de integridad.
Supongo que a nadie le extrañará saber que el Vaticano ha puesto a buen recaudo a los sacerdotes, como hizo con Marcial Maciel, para que no puedan ser procesados ni juzgados por la Justicia del pais, y ha abandonado a su suerte a las monjas.
Y, por lo que respecta a mí, si se cumplen las profecías que dicen que éste es el último Papa, y estos los últimos tiempos de la Iglesia de Roma, no esperen que vaya a llorar.
RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE LA VIOLENCIA SEXUAL CONTRA LAS MUJERES Y EN PARTICULAR CONTRA RELIGIOSAS CATÓLICAS
El Parlamento europeo,
-vista la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Europea sobre los Derechos Humanos
-vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
-vista su resolución con fecha de 16 de septiembre de 1997 sobre la necesidad de organizar una campaña a nivel de la Unión Europea para la total intransigencia frente a la violencia contra las mujeres,
-vista su resolución con fecha de 10 de marzo de 1999 sobre la violencia contra las mujeres,
-vista la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de cualquier forma de discriminación contra las mujeres,
A) ratificando la firme condena –por su parte y la de otras instituciones comunitarias– de cualquier forma de violencia contra las mujeres y en particular de los abusos sexuales,
B) seriamente preocupado por el contenido de una declaración aparecida en la revista americana National Catholic Reporter, en la que se señalan numerosos casos de estupro, en al menos 23 países, cometidos por curas a religiosas católicas,
C) considerando que la Santa Sede ha confirmado tener conocimiento de casos de estupro y abusos sexuales contra mujeres, incluso monjas, por parte de curas católicos, dado que desde 1994 se han transmitido al Vaticano al menos cinco informes sobre el tema,
D) considerando que, pese a haber sido pertinentemente informados acerca de estas violaciones de los derechos humanos, los responsables oficiales no han reaccionado como hubieran debido,
E) subrayando que, según estos informes, numerosas religiosas violadas también han sido obligadas a abortar (1), a dimitir y, en algún caso, han sido infectadas por el virus del sida,
F) tomando las declaraciones del portavoz del Vaticano, Joaquín Navarro Valls, quien ha afirmado que “el problema es grave pero geográficamente limitado”, y subrayando que, por el contrario, este fenómeno se halla extendido no sólo en África
G) recordando que el abuso sexual constituye un delito contra la persona humana y que los autores de estos delitos tienen que ser entregados a la justicia,
1. condena toda violación de los derechos de la mujer así como los actos de violencia sexual, en particular contra religiosas católicas, y expresa su solidaridad con las víctimas,
2. pide que los autores de estos delitos sean arrestados y juzgados por un tribunal; pide a las autoridades judiciales de los 23 países citados en el informe que garanticen que se aclaren totalmente en términos jurídicos estos casos de violencia contra las mujeres;
3. pide a la Santa sede que considere seriamente todas las acusaciones de abusos sexuales cometidos dentro de las propias organizaciones, que coopere con las autoridades judiciales y que destituya a los responsables de cualquier cargo oficial;
4. pide a la Santa Sede que reintegre a las religiosas que han sido destituidas de sus cargos por haber llamado la atención de sus autoridades sobre estos abusos, y que proporcione a las víctimas la necesaria protección y compensación por las discriminaciones de las que podrían ser objeto en lo sucesivo;
5. pide que se haga público el contenido integro de los cinco informes citados en el National Catholic Reporter;
6. encarga a su Presidente que transmita la presente resolución al Consejo, a la Comisión, a las autoridades de la Santa Sede, al Consejo de Europa, a la Comisión para los derechos humanos de las Naciones Unidas, a los gobiernos de Botswana, Burundi, Brasil, Colombia, Ghana, India, Irlanda, Italia, Kenya, Lesotho, Malawi, Nigeria, Papúa Nueva Guinea, Filipinas, Sudáfrica, Sierra Leona, Uganda, Tanzania, Tonga, Estados Unidos, Zambia, República Democrática del Congo y Zimbawe.
(Aprobada en Estrasburgo el 5 de abril de 2001 con 65 votos a favor, 49 en contra y 6 abstenciones)
1) Al parecer, el Vaticano permitió abortar en el Tercer Mundo a algunas monjas que habían concebido despúes de haber sido violadas. En el informe de la psicóloga benedictina, la hermana Esther Fangman, se dice: "En algunos países africanos, algunos curas han acudido a conventos y monasterios para “satisfacer sus exigencias sexuales”. Más concretamente, esto quiere decir que un cura puede presentarse en la puerta del convento y esperar que se le ofrezca una religiosa para satisfacer su deseo sexual. En algunos casos, cuando una muchacha toma la decisión de entrar en una comunidad y se dirige al cura que mejor conoce para obtener el necesario certificado y las cartas de recomendación, éste no le concede los documentos si no va con él. Otra situación en la que puede sufrir presiones es cuando va a confesarse. Este tipo de situaciones están aumentando en los últimos años, probablemente a causa del sida, tan extendido en ciertos países de África. Con una monja, que presumiblemente es virgen, se evita el riesgo de contraer el sida. En algunos casos ha ocurrido que la propia monja haya sido contagiada por el virus y/o quedado embarazada. "
Y en otro informe: "Un año después de las denuncias hechas y presentadas a las máximas autoridades, los dos autores de los documentos anteriores, acompañados por el Obispo Crowley, fueron por fin recibidos por el Cardenal Martínez Somalo quien, para permitir un intercambio más técnico y fluido en inglés sobre tan delicado asunto, les dijo que había preparado una reunión de ellos con tres miembros del la Congregación: un dominico, un benedictino y una monja de Jesús María. En su promemoria de 4 páginas la hermana Maura recoge lo que se dijo en la reunión.
La hermana actualizó su informe de un año antes y fueron discutiendo punto por punto ese documento. En algunos puntos ella iba dando detalles, o contando ejemplos concretos que podía certificar. "Yo les puse el ejemplo de un sacerdote que había llevado a una monja para abortar. Ella murió durante la operación y el sacerdote ofició la Misa de Requiem. En respuesta sólo obtuve un asombroso silencio".
(de http://gatopardo.blogia.com/2006/052101-el-parlamento-europeo-pidio-al-vaticano-que-deje-que-los-tribunales-juzguen-a-lo.php)
PEDOFILIA SACERDOTAL Y CRIMEN SOLLICITATIONIS
Eduardo Lliteras
Vaticanerías
HISTORIA DE ABUSOS SEXUALES A MENORES Y COMPLICIDADES EN LA IGLESIA CATÓLICA (II)
Abusos sexuales a menores. Una realidad de la que no se salva prácticamente ninguna diócesis en los Estados Unidos. Un crimen cometido contra la infancia alrededor del globo por sacerdotes católicos e inclusive obispos y monjas. La pedofilia es un mal endémico de la Iglesia (pero no únicamente de esta institución eclesial) del que sólo hasta años recientes se ha comenzado a hablar al salir a la luz incontables casos que han provocado escándalo y dolor entre los fieles de Italia a Estados Unidos, de México a Australia, de China a Africa. Más grave aún, si cabe, ha sido el silencio y complicidad de las jerarquías de numerosas diócesis y de la misma curia vaticana sobre el tema. La política institucional de ocultar y cambiar de parroquia a los sacerdotes abusadores, ha multiplicado exponencialmente los casos de niños y niñas violados.
En efecto. A manera de botón de muestra (luego de una primera entrega sobre el tema) señalamos algunos de los casos más sonados en la geografía planetaria en años recientes que involucran a la Iglesia católica (sin olvidar que en dichos crímenes también están envueltas verdaderas redes de pederastas que extienden sus tentáculos por todo el globo e involucran lo mismo a políticos que a empresarios, profesionistas y hombres y mujeres de todas las condiciones y clases sociales).
DE AUSTRIA A AUSTRALIA Y EU
En 2004 el escándalo se desató en Austria cuando nada menos que el rector del seminario austriaco de St. Poelten, Ulrico Kuechl, dejó el cargo acusado no sólo de mantener relaciones sexuales con numerosos seminaristas sino de prohijar el tráfico de pedopornografía en dicha institución eclesial. Luego de la publicación de una serie de fotografías de sacerdotes del seminario besando y tocando a estudiantes que se preparaban para convertirse en curas, el seminario fue cerrado por orden expresa del Papa Juan Pablo II, en una acción desesperada por atajar el escándalo.
Los fiscales austriacos acusaron a varios seminaristas de descargar imágenes de pornografía infantil de internet. Más de 11 mil imágenes fueron encontradas en los computadores del instituto católico.
El 12 de enero de 2003 uno de los principales exponentes de la Iglesia católica francesa, Monseñor Jean Michel Di Falco, ex obispo auxiliar de París y ex portavoz de la Conferencia Episcopal Francesa (1972-75) fue acusado de abusos sexuales. Un primer caso involucraba a una joven, abusada cuando era menor y posteriormente surgió una víctima más. Dicho caso de pedofilia se sumó a una larga lista de episodios de abusos sexuales que envolvió a las jerarquías católicas francesas a varios niveles, tanto por haberlos cometido como por haberlos ocultado. Otro resonante episodio fue el que protagonizó el obispo Pierre Pican, que fue condenado en Francia a tres meses por encubrir al sacerdote René Bissey, condenado por violar y abusar sexualmente de 11 menores entre 1996 y 1998, por lo cual fue sentenciado a 18 años de prisión. Pican sabía de los abusos cometidos por Bissey en 1996 y a pesar de ello decidió transferirlo a otra parroquia, lugar donde fue arrestado.
Entre 2003 y 2004 la Iglesia británica aceptó pagar 460 mil euros a Simón Grey, a manera de indemnización por los abusos sexuales que sufrió en los años 70 a manos de un sacerdote: Christopher Clonan.
Clonan abusó de una serie interminable de niños que colaboraron con él como monagillos a lo largo de varias décadas en Conventy, centro de Inglaterra. Clonan se había refugiado en Australia, otra nación afectada por los abusos. El caso de Clonan fue el primero en que la justicia británica impuso el pago de dinero a manera de indemnización a las víctimas de pedofilia eclesial. Más casos están siendo estudiados.
La furia se desató en 2004 en el archipiélago Estado de Samoa, en el Pacífico, luego del descubrimiento de que la Iglesia católica australiana había transferido numerosos sacerdotes acusados de abusos en Australia a Samoa.
Fue el caso del sacerdote salesiano, Frank Klep, quien llegó a Samoa en 1994, luego de haber cumplido una condena de nueve meses por cuatro acusaciones de abusos sexuales. Las víctimas fueron varios estudiantes menores de edad. Posteriormente se descubrieron nuevos casos.
El arzobispo católico de Samoa aseguró que nadie le había informado de los antecedentes de Klep. Y dijo que fue engañado por los jerarcas de la Iglesia australiana.
El caso de Klep fue reproducido por el diario estadounidense Dallas Morning News como ejemplo de la práctica de la orden de los Salesianos de transferir de un país a otro a los sacerdotes acusados de abusos sexuales, para escapar de los magistrados. Obviamente, el padre provincial de los Salesianos, Ian Murdoch, negó todo.
El 11 de septiembre de 2004 un equipo especial de las fuerzas policíacas australianas identificó a 600 presuntos pedófilos en la región meridional de Australia. Dicha investigación surgió a raíz del descubrimiento de una serie de abusos sexuales cometidos en la diócesis de la Iglesia anglicana de Adelaide, pero después se extendió a otras organizaciones como los boys scouts o los clubes de salvavidas voluntarios.
Además, no sólo diversas diócesis católicas estadounidenses y británicas han tenido que echar mano de sus propiedades y venderlas para afrontar las indemnizaciones. También en Canadá, la diócesis católica de San Giorno (Terranova) tuvo que vender todas sus propiedades (unas 150) para obtener 10 millones de dólares para afrontar las indemnizaciones de las víctimas del sacerdote Kervin Bennett, quien cometió abusos a lo largo de 30 años.
En Italia, una condena a nueve años de reclusión fue pedida por el ministerio público de Bérgamo, para dos ancianas monjas acusadas de haber cometido abusos sexuales en 8 niños de edades comprendidas entre los 4 y 5 años de edad. Los abusos fueron cometidos en 1999 cuando las dos monjas prestaban servicio en el jardín de niños de Cazzano, Sant Andrea, en Valle Seriana, Italia. Las monjas fueron halladas culpables.
El 24 de agosto de 2003, el sacerdote John Geoghan, fue asesinado en una cárcel de Massachussets. Geoghan, en ese entonces de 65 años de edad, había sido suspendido a divinis por la Iglesia estadounidense por los abusos cometidos en perjuicio de más de 130 niños. Su caso destapó la indignación en Boston y el descubrimiento de miles de abusos sexuales perpetrados por sacerdotes en dicha diócesis.
Por último, la opinión pública chilena fue sacudida por la acusación contra el cura José Andrés Aguirre Ovalle, por haber abusado sexualmente de dos niñas de 14 y 16 años, hijas de un matrimonio del cual era padrino de su tercer hijo. Desde los años 80 cometió abusos a través de un largo periplo por establecimientos educacionales de donde fue separado por situaciones irregulares, e incluso luego de ser acusado de haber embarazado a otra menor. Nunca fue suspendido y como castigo se lo envió en una misión a Costa Rica por el término de tres años.También el obispo chileno Francisco, José Cox Huneeus, fue acusado de una larga cauda de abusos a menores.
Una investigación resultó en la renuncia a su cargo de obispo en La Serena. El Papa Juan Pablo II informó oficialmente de la aceptación de la renuncia de Cox como arzobispo de La Serena y dijo que la misma era a consecuencia “de las múltiples tareas que le había confiado la conferencia Episcopal en el ámbito nacional”. El Papa ocultó las verdaderas razones de la separación y renuncia del obispo cuestionado. Fue destinado a la preparación del Jubileo 2000 de la Iglesia posteriormente.
(de www.lliteras.detodo.net)
EL FISCO EUROPEO INVESTIGA A LA IGLESIA CATOLICA: EDUARDO LLITERAS
El fisco europeo investiga a la Iglesia Católica
Polémica. Fuerte polémica la de estos días entre la Comisión Europeay la Iglesia Católica en España e Italia. El problema al centro del debate son las generosas exenciones fiscales de las que goza la Iglesia Católica en estos dos países mediterráneos de larga y rancia tradición
católica.
En efecto. La Comisión Europea pidió tanto a las autoridades competentes italianas como españolas información sobre “ciertas ventajas fiscales” concedidas a la Iglesia. Entre ellas, Bruselas solicitó (en 2006) el fin de la exención en el pago del IVA sobre bienes muebles e inmuebles que compra o recibe la Iglesia Católica en España y de la exención fiscal de los inmuebles religiosos con fines comerciales en Italia. La Comisión Europea todavía esta analizando la posibilidad de abrir una “investigación”. Al parecer las autoridades fiscales de Bruselas se han decidido a actuar luego de que “intereses no identificados” en Italia y España se quejaron de las ayudas impositivas que proporcionan a “ la Iglesia Católica injusta ventaja sobre entidades comerciales seculares”.
Esta polémica coincidió con algunas noticias dadas a conocer sobre las boyantes finanzas del Vaticano, las que parecen no sufrir los graves quebrantos padecidos por al menos cinco diócesis en Estados Unidos; dichas diócesis se han declarado en “bancarrota” para protegerse de las multimillonarias demandas presentadas por los abogados de las miles de víctimas de abusos sexuales cometidos por sacerdotes. Cabe destacar, sin embargo, que el llamado “Óbolo de San Pedro”, es decir, las donaciones de dinero procedentes de todo el planeta para el Papa Benedicto XVI, han aumentado en un 58 por ciento. Según datos publicados por el semanario italiano L’Espresso, el “Óbolo de San Pedro” alcanzó la cifra de 101.9 millones de dólares durante 2006.
El sostén financiero al pontificado de Benedicto XVI también se refleja en el aumento de las contribuciones que aportan las Conferencias Episcopales, diócesis, institutos religiosos, entre otros. La cifra alcanzada en 2006 es de 86 millones de euros, un 16,3 por ciento más respecto a 2005, también según L’Espresso. Asimismo, la polémica coincide con un debate sobre los donativos en metálico que realizan los gobiernos de Madrid y Roma a la Iglesia. En particular, en Italia se debate sobre el llamado Otto per Mille (Ocho por mil), mecanismo fiscal a través del cual el gobierno italiano financia, echando mano de los impuestos, a la Iglesia Católica.
En 2005 la cifra que donó el gobierno italiano a la Iglesia alcanzó la cifra de 981 millones de euros. En 2006 creció hasta los 930 millones de euros como reportó el Corriere della Sera. En España también el Estado financia generosamente a la Iglesia Católica tomando recursos directamente del erario público. La cifra en 2005 era de unos 50 millones de euros. Pero además, el Estado español destina 500 millones de euros para pagar a los profesores de Religión (católica, obviamente) en las escuelas públicas y a los capellanes en hospitales, prisiones y cuarteles.
Por si fuera poco Madrid destina 2000 millones de euros a las órdenes religiosas que regentan escuelas en España, previo acuerdo. Hay otras vías de financiamiento, pero estas son las principales, al menos oficialmente.
Como vemos el tema está vigente inclusive en México, luego de que el cardenal Norberto Rivera Carrera pidió ampliar la “libertad religiosa” y entre otras cosas solicitó financiamiento al Estado Mexicano a imagen y semejanza de lo que ocurre en Italia o España. Sólo que aquí el gobierno mexicano debe solucionar, antes que nada, sus graves problemas financieros por la caída de la producción de Cantarell y por la atorada “reforma fiscal”. Como señalaba en el diario catalán “El Periódico de Cataluña”, Luis de Sebastián, la cuestión principal es ver si la Iglesia Católica emplea la financiación que recibe de todos los ciudadanos en beneficio exclusivo de sus fieles o de toda la sociedad, dado que el dinero público es dinero del público, es decir, de muchos ciudadanos que no son católicos pero sí contribuyentes del erario público. Por lo que es normal que pidan cuentas a la Iglesia sobre qué hace con los recursos que le son donados.
Otra cuestión es la “competencia desleal” en el campo de las actividades comerciales. La Iglesia y el Vaticano siempre afirman que destinan el dinero que reciben del fisco para obras de beneficencia. Sin embargo, en Italia se sabe que la mayor parte de los recursos del erario público son destinados a pagar los sueldos de los sacerdotes y “no tienen utilidad social alguna”. Algunos, inclusive, cuestionan “que por qué mejor no se dedican dichos recursos a la investigación científica”.
Por el momento habrá que esperar al desenlace de los cuestionamientos puestos por Bruselas a Roma y Madrid en términos fiscales. Tal vez la Iglesia Católica deba ajustarse a las leyes del libre mercado y depender cada vez más de las limosnas de los fieles. Sería más congruente y más transparente.
(de http://lliteras.detodo.net/?p=875)
MAS PEDERASTIA EN LA IGLESIA CATOLICA/ JUEZ DICTAMINA REINICIO DE JUICIOS EN SAN DIEGO POR 42 CASOS DE ABUSOS SEXUALES PRESUNTAMENTE PERPETRADOS POR SACERDOTES
Una juez federal ha dictaminado hoy que se inicien de inmediato los juicios sobre 42 casos de abuso sexual atribuidos a clérigos de la diócesis católica de San Diego (California), según han informado hoy medios locales. Cinco juicios tuvieron que ser suspendidos en febrero después de que la diócesis se declara en bancarrota justo un día antes de que se iniciara el primero de ellos.
La decisión de la juez Louise DeCarl Adler supone una victoria para más de un centenar de personas que denunciaron haber sufrido abusos por parte de clérigos de la diócesis. Los abogados de los afectados argumentaron que la reapertura de los juicios era la única manera de lograr un acuerdo con la diócesis, tras más de tres años de infructuosas negociaciones en juzgados estatales y federales.
La diócesis de San Diego se declaró en bancarrota en febrero, después de que fracasaran las negociaciones para resolver las demandas por abusos sexuales presentadas contra sus clérigos. Las demandas implican alrededor de 150 denuncias de abuso sexual que datan del decenio de 1950 y afectan a 60 sacerdotes.
Las cuantías exigidas en compensación ascenderían a unos 200 millones de dólares. El obispo de San Diego, Robert Brom, señaló entonces que tomó la decisión porque acceder a las exigencias monetarias de compensación planteadas por los demandantes, habría significado la ruina. Con alrededor de un millón de miembros, la de San Diego es la quinta diócesis estadounidense que se declaró en bancarrota debido a denuncias por abusos sexuales presuntamente cometidos por sus clérigos.
(de http://lliteras.detodo.net/?p=847)
EL VATICANO EXIGE SILENCIO A LOS DIARIOS ESPAÑOLES SOBRE LOS ABUSOS SEXUALES COMETIDOS POR SACERDOTES EN ESTADOS UNIDOS
MADRID, 18 Jul 2007 (AFP) - El nuncio apostólico en España, monseñor Manuel Monteiro de Castro, acusó el miércoles a los medios españoles de “discriminación” contra la Iglesia Católica por cubrir a su juicio excesivamente el asunto de los curas pedófilos estadounidenses.
Un tribunal californiano avaló el lunes un acuerdo que prevé el pago por parte de la archidiócesis de Los Angeles (oeste) de 660 millones de dólares por daños y perjuicios a 508 víctimas de abusos sexuales de sacerdotes. Algunos de estos hechos se remontan a los años 40.
“Lea los periódicos, va a encontrar los mismos casos todos los días, a veces dándole una página entera, ahí se ve mala intención”, dijo monseñor Monteiro ante los periodistas en Aranjuez (centro).
“Eso se llama discriminación, por más que uno quiera ser bueno”, añadió el nuncio apostólico, recordando que “si usted ve las estadísticas de órganos internacionales (sobre pedofilia), los casos que suceden con sacerdotes vienen en último lugar”, así que “¿Por qué la Iglesia debe pagar y las otras entidades no?”.
Los diarios españoles han cubierto ampliamente este escándalo desde el principio de la semana. El rotativo de centro-izquierda El País dedica de nuevo el miércoles una página entera bajo el título: “Los abusos que no llegarán a juicio”.
El País publica especialmente las declaraciones de una de las víctimas, Rita Milla, quien afirma que cuando tenía 16 años, “siete sacerdotes abusaron de mí hasta que me quedé embarazada”.
(de http://lliteras.detodo.net/?p=766)
Y como señalé al principio, no quiero hacer ningún tipo de exposición ideológica ni nada por el estilo. Por eso, dejó un par de links que RECOMIENDO VER que señalan una serie de errores, no se si son ciertos o no, del documental que antes se presentó:
http://eltestamentodelpescador.wordpress.com/category/video-de-la-bbchttp://eltestamentodelpescador.wordpress.com/category/video-de-la-bbc
CRIMEN SOLLICITATIONIS
LETRA:
Siervo de Dios...
Tocamientos, sacramentos, felaciones, juramentos
te enseño mi doctrina en forma de erección
Abuso de los niños, perversión y puro vicio
bajo mi sotana puedes encontrar a Dios
El confesionario es nuestro "tortuario"
Ay! Padre nuestro líbranos de él
En la sacristía hay mucha pederastia
Ay! Padre nuestro mas líbranos de él
Curas!!, Violación, vejaciones a un menor
Curas!!, ¡Qué más da! si nadie se va a enterar
Curas!!, sin precaución tengo plena protección
Curas!!, Meditad! ¿Quién me dio la inmunidad?
JUDAS, MI NOMBRE ES RATZINGER
JUDAS, SOY BENEDICTO XVI
JUDAS, YO LO FORMALICÉ
JUDAS, JUDAS, CERRANDO BOCAS
JUDAS, EN EL NOMBRE DE DIOS
JUDAS, FINANCIAREMOS SU PERDÓN
JUDAS, DÁNDOLE PRIORIDAD
JUDAS, A TAPAR ESCÁNDALOS
Miembros de la Curia, párrocos del sufrimiento
Crueles violaciones que al final se lleva el viento
Babosos violadores, carecéis de sentimientos
Los llantos de los niños que el pontífice ha encubierto
Oremos mis infantes por detrás y por delante
Todos desnuditos a los ojos del señor
Se encargan mis hermanos, los perros del Vaticano
de maquillar la mierda, que no llegue el mal olor
El confesionario es nuestro "tortuario"...
Curas!!, Violación, vejaciones a un menor...
JUDAS, MY NAME IS RATZINGER
JUDAS, SOY BENEDICTO XVI
JUDAS, YO LO FORMALICÉ
JUDAS, JUDAS, CERRANDO BOCAS
JUDAS, EN EL NOMBRE DE DIOS
JUDAS, FINANCIAREMOS SU PERDÓN
JUDAS, DANDOLE PRIORIDAD
JUDAS, A TAPAR ESCÁNDALOS
Miembros de la Curia, párrocos del sufrimiento...
1 y 2, es tu religión, 3 y 4, tu alma ya está a salvo
5 y 6, silencio a lo que veis, 7 y 8, Lágrimas y Gozos
CRIMEN SOLLICITATIONIS
1 Y 2, que no te vea Dios, 3 y 4, malditos bastardos
5 y 6, cuidao con lo que hacéis, 7 y 8 Lágrimas y Gozos
¡Basta de tiranos! ODIO AL VATICANO
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